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Derechos y Deberes del Paciente

De conformidad con la legislación vigente y el interés de este Hospital de ofrecerle una atención de máxima calidad, hemos elaborado esta Carta de Derechos y Deberes del Paciente.

DERECHOS DEL PACIENTE

Derechos relativos a su asistencia sanitaria y estancia en el hospital
  • A recibir en todo momento un trato digno, amable, respetuoso y considerado.
  • A conocer la identidad de su médico, que será su interlocutor principal con el equipo asistencial y quién será responsable de proporcionarle toda la información necesaria que requiera.
  • A solicitar la opinión de otro médico en cualquier momento
  • A obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar y restablecer su salud.
  • A que sus solicitudes sean atendidas con prontitud, de manera razonable y cortés, dentro de las posibilidades y normas del Hospital. El Servicio de Atención al Paciente tramitará sus sugerencias, quejas y reclamaciones.
Derechos de información
  • A recibir una información adecuada, comprensible y veraz sobre su estado de salud, las actuaciones médicas propuestas, los riesgos y ventajas de cada una, así como de las alternativas, los efectos de no ser tratado, así como el diagnóstico y el pronóstico de su patología. Si tuviera alguna duda sobre la información recibida, pida cuantas aclaraciones estime oportunas.
  • A que se respete su voluntad a no ser informado, salvo que sea estrictamente necesario para su salud o la de terceros.
  • A que quede constancia por escrito de todo su proceso, y a que, una vez finalizada su estancia en la clínica, se le entregue el informe de alta.
  • A acceder a la información contenida en su historia clínica, si desea obtener una copia de algunos de sus documentos, deberá solicitarla el propio paciente o persona autorizada por éste debidamente acreditada, a través del Servicio de Admisión y Documentación Clínica.
  • A ser informado del uso, en su caso, en proyectos docentes o de investigación, de los procedimientos de diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen, que, en ningún caso, podrá comportar peligro adicional para su salud.
Derechos que afectan a su intimidad
  • A que se respete la confidencialidad de los datos referentes a su salud, y, en concreto, de toda la información relacionada con su proceso y con su estancia en la clínica, aún incluso después de su muerte.
  • A que se informe a las personas a usted vinculadas en la medida que usted lo permita. Si no desease que se proporcione información a algún familiar próximo, debe hacérselo saber a su médico.
  • A que se preserve la intimidad de su cuerpo con respecto a otras personas.
Derechos relativos a la autonomía del paciente
  • A decidir entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, debiendo dar su consentimiento por escrito para intervenciones quirúrgicas, el uso de técnicas en investigación, así como cualquier exploración que comporte riesgo o inconvenientes para su salud, excepto cuando: la no intervención suponga un riesgo para la salud pública, exista un mandato legal expreso, no se encuentre capacitado para tomar decisiones (en cuyo caso el derecho corresponde a sus familiares o personas allegadas) o que la urgencia de la asistencia no admita demoras.
  • A revocar por escrito su consentimiento al tratamiento.
  • A negarse al tratamiento prescrito, excepto en los supuestos anteriores. En este caso, se le propondrá la firma del Alta Voluntaria. Si no la firmara, la dirección del Hospital, a propuesta del médico responsable, podrá disponer el Alta Forzosa. Si no aceptase el alta, se podrán los hechos en conocimiento del Juez para que confirme o revoque la decisión.
  • A manifestar por escrito las instrucciones a tener en cuenta cuando se encuentre en una situación en que las circunstancias que concurran no le permitan expresar personalmente su voluntad. En este documento podrá designar a un representante, que será el interlocutor válido y necesario con el médico o el equipo sanitario, para que le sustituya en el caso de no poder expresar su voluntad.

DEBERES DEL PACIENTE

  • A facilitar los datos sobre su estado físico o sobre su salud de manera leal y verdadera, así como colaborar en su obtención.
  • A cumplir con las prescripciones que le sean dadas por los servicios sanitarios cuando esté enfermo o sometido a tratamiento.
  • A cumplir con las normas del Hospital y utilizar adecuadamente sus instalaciones, así como a tratar con el debido respeto a todo su personal.
  • A firmar, en caso de negarse al tratamiento propuesto, el documento en el que conste su rechazo tras haber sido informado, así como, en su caso, a firmar el alta voluntaria.
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